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Mostrando las entradas de 2015

Anàlisis de la Sentencia judicial de la CSJ de la Nación sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios (29.10.2013) a màs de dos años de producida.

Luego de esta sentencia, que respondió a que cuatro artículos de la normativa (41, 45, 48 y 161) habían sido cuestionados en la Justicia, por el Grupo Clarín, fueron, finalmente, declarados como válidos. Ahora bien, la sentencia de la CSJN se compone de varios párrafos pero que podemos analizar de la siguiente manera: 1.     De aplicación inmediata: declaró la validez de dichos cuatro artículos. 2. D e aplicación permanente: en cuanto a que la conducta de los funcionarios que representan al Estado,  la Corte señaló que deben proteger los derechos de propiedad de los licenciatarios; deben instrumentarse políticas transparentes de subsidios y publicidad oficial, y señaló que los medios públicos no deben ser instrumentos de apoyo a las políticas de gobierno.     Señaló que para “la aplicación de la ley deben respetarse la igualdad sobre la base de opiniones disidentes, ajustarse a los requerimientos del debido proceso en todas sus decis...

Ingreso de dotación en los últimos días de un mandato constitucional

Muchas veces he reflexionado que los constituyentes de 1853 nunca habrán considerado que las personas físicas que podrían actuar representando al Poder Ejecutivo de nuestro país, o al Poder Legislativo, o también al Poder Judicial iban a actuar dócilmente y obedecer con disciplina partidaria las directivas  de los niveles máximos de un gobierno que representara  al Estado.  Seguramente habrán considerado todo lo contrario: que las personas físicas que pudieran representar a instituciones como los distintos poderes, iban a actuar como reserva moral de última instancia, y por lo tanto iban a oponerse a cualquier directiva que implicara atropellos de la Constitución, de las leyes o de los tratados internacionales. Siempre he sostenido que todas las personas que son los encargados de llevar adelante distintas instituciones deberían tener una capacitación previa, intensa y completa, sobre los preceptos constitucionales, el respeto al marco jurídico, a la necesidad, en...

El rol que los partidos políticos en Argentina deberían recuperar

Los partidos políticos deberían  asumir una responsabilidad institucional explícita, y muy detallada en relación al cumplimiento de la Constitución, de las leyes, a la independencia de los poderes, a que se  ejecuten las obligaciones que constitucionalmente corresponde  a un poder de nuestra República, en la instrumentación de decisiones de los otros poderes, en  adoptar una actitud de reprobación de los delitos que pudieren cometer quienes están llevando a cabo las responsabilidades de gobierno. Los partidos políticos deberían cuestionar la actitud dilatoria, evasiva y cómplice de los gobiernos y de quienes actúan representándolos en los distintos niveles, frente a casos concretos en los cuales se manifiestan inconstitucionalidades, ilegalidades, o actos de corrupción por parte de algunos de los integrantes del gobierno en cualquiera de los poderes en que ello ocurriera.   Esta actitud del partido político, debe ejercitarse siempre, e incluso, y mucho...

Los candidatos en las próximas elecciones.

¿ Qué es lo que ha pasado en los últimos años?  Lo que ha pasado es que  la mayoría de los políticos no han prestado atención a las formas. Que en realidad más que formas son aspectos esenciales. Los aspectos esenciales no admiten distracciones, ni postergaciones. Requieren decisión de encarar la solución de los mismos, y un esfuerzo comunicacional  para explicar a la ciudadanía de la importancia que el hombre común logre entender lo vital del cumplimiento de la Constitución, de las leyes, de la ética y de la moral. Esto tiene que ser una prédica permanente. No puede postergarse.   Tomemos un ejemplo muy cercano. En las elecciones en una misma provincia , por segunda vez, dentro de este mismo año,  se produjeron errores inaceptables, dentro del proceso eleccionario, que pusieron en duda, y aún hoy,existen, sobre si el cierre definitivo de los resultados se compadece con la verdad de lo que ha querido la ciudadanía que votó en aquella provincia. Per...

El querer ser, sin importar los medios, es incompatible con la inteligencia

El deber ser implica para quien lo practica un rasgo inequívoco de inteligencia. De igual modo, aquel que logra resultados utilizando medios inconstitucionales, ilegales o fuera de la moral y de la ética, ello es incompatible con la consideración de ser inteligente en relación a una persona. Es muy importante esta distinción, porque muchas veces se califica a una persona,   en el ejercicio de una actividad, pública o privada, que ha logrado un crecimiento patrimonial que no logra poder justificar, dentro del contexto de la legalidad, como que es una persona muy inteligente. Es decir, muchas personas, de esa manera, permiten la coexistencia entre corrupción e inteligencia, lo cual, a mi juicio es impropio. El deber ser, como guía del comportamiento de la persona física, implica optar por lograr los objetivos individuales autoimponiéndose restricciones al libre albedrío. Implica desestimar el querer ser por el deber ser, o lograr que haya coincidencia entre el deber ser y ...

La persona física:¿ incorruptible o cómplice?

La Constitución Argentina y las leyes descansan, como recurso de última instancia, en las personas físicas. Queda claro que a través de los años, los que han organizado la estructura normativa de un país, han pensado en las personas físicas como la reserva moral y ética que han de impedir que se logren los fines sin importar que para ello se vulneren las instituciones existentes en la Nación. Los tres poderes de nuestro país, y todas las organizaciones jurídicas que existen en el mismo exteriorizan su comportamiento o conducta a través de las personas físicas. Cada persona física puede tener y defender una ideología política, pero en el accionar teórico y práctico, dicha ideología nunca puede prevalecer por encima de la Constitución y   de las leyes vigentes en nuestro país. Esto quiere decir que las personas físicas deben sentirse libres y no acatar la disciplina partidaria cuando la propuesta es manifiestamente inconstitucional, ilegal o contrario a lo ético y moral. L...

El compromiso del educando y el proceso educativo

  En la educación primaria, secundaria y universitaria, desde hace más de treinta años se observa,   en el proceso de aprendizaje,   una declinación muy acentuada en la participación activa del educando, a través de un esfuerzo sostenido, con una continuidad diaria de dedicación, y con el aporte de horas de estudio. Hay muchas razones para explicar ello, pero el resultado ha sido la tendencia señalada. En el proceso de enseñanza-aprendizaje hay tareas muy claras que es importante distinguir: Del lado del docente: Preparar su clase; asistir a las clases;   tener experiencia docente; tener experiencia teórica y práctica en lo que es objeto de enseñanza. A nivel de la enseñanza universitaria, desarrollar, además,   un ejercicio profesional intenso y comprobado sobre lo que es objeto de enseñanza. Del lado del alumno: Asistir a las clases; agregar horas de estudio   para fijar los conocimientos que se brindaron en la clase, y profundizar y extende...