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Análisis sobre las normas actuales y las propuestas para actualizar los haberes jubilatorios

Hoy el ajuste de la jubilación se produce en un 50% teniendo en cuenta la variación de los recursos tributarios por beneficio (netos de eventuales aportes del Tesoro Nacional de la Seguridad Social), y en un 50% por la variación del índice general de salarios publicado por el INDEC   ó     por la variación del índice RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables),   lo que resulte mayor.

La propuesta que se conoce es que el ajuste se haga el 70% por el aumento de precios  y   el 30% por la variación del índice RIPTE.

Como yo lo veo, en el futuro inmediato, si hay que corregir distorsiones para hacer a la economía competitiva, lo más probable es que se afecte hacia abajo la variación de los recursos tributarios por beneficio (netos de eventuales aportes del tesoro nacional de la seguridad social), sea porque se reduzcan los aportes patronales y/o las retenciones para salarios de menor valor absoluto, por lo cual la incidencia de dicho 50% perderá entidad, no así el segundo 50% que entra en la ecuación de la actual ecuación para la actualización de los haberes.

En cambio con la nueva propuesta que se formula, en un 70% se la vincula con la inflación, no atándola, en consecuencia,  a los recursos tributarios por beneficio. El otro 30% por la variación del índice RIPTE, que también integra la fórmula actual.

La propuesta a mi juicio aparece más libre de manipulación o de mala praxis de los gobernantes, que la que rige actualmente, excepto el caso si se vuelve a manipular el INDEC, pero esto último, si se diera, afectaría al actual esquema como también al propuesto.

Ahora bien, el tema, por lo tanto, se reduce, a hacer un adecuado acople del actual sistema con el nuevo que se propone, para ser lo más equitativo posible, teniendo en cuenta que como se trata de series que representan flujos, para saber si uno es mejor o peor que el otro, habría que hacer un valor actual de las dos series, con premisas de futura evolución de los términos que entran en la fórmula que existe hoy y en la fórmula que se propone. formulando hipótesis para los próximos 10 a 15 años, por lo menos, y actualizando con una tasa de mercado al momento 0 (momento del cambio).

No es posible decir si un sistema es mejor que otro, analizando sólo los períodos inmediatos al cambio formulado.

Mi percepción es que la nueva propuesta evita que en el futuro el ingreso por haberes jubilatorios esté sujeto a los vaivenes por variación de los recursos tributarios por beneficio (netos de eventuales aportes del Tesoro Nacional de la Seguridad Social).

Es equivocada la afirmación que en el día de la fecha he leído en un diario matutino, en su versión electrónica,  que los jubilados terminarán resignando un porcentaje importante originado en el cambio  de sistema para la, determinación de la actualización de los haberes. Seguro que no están tomando en cuenta, los efectos adversos que pueden originarse en el futuro,  por las variaciones negativas en el sistema actual, de los recursos tributarios, cuando se vayan implementando las reducciones de aportes patronales o retenciones, con destino al sistema previsional, para mejorar la competitividad salarial, incrementar los puestos de trabajo, y disminuir la pobreza.

Miguel Angel Di Ranni

11.12.2017

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