Los consorcios de copropietarios exigen que sean más eficientes las
decisiones que se tomen, para no incurrir en costos de expensas excesivos, los
que, para muchos copropietarios se hacen difícil pagarlos.
Algunos conceptos que pueden originar reducciones de costos innecesarios:
a. Si por la cantidad de departamentos del consorcio, se hace necesario
tener dos encargados, para no pagar otras extras, se pueden determinar los
horarios de trabajo de tal manera que un encargado comienza su tarea a las 7 de
la mañana y termina a las 15 horas. Y el otro inicia su jornada a las 13 horas
y finaliza a las 21 horas. Por tanto no existen razones para pagar horas
extras dado que las tareas quedan cubiertas entre las 7 de la mañana y las 21
horas.
b. A muchos encargados, que ocupan un departamento en el edificio, en la
época que la remuneración de los mismos no era tan significativa, se hizo un
hábito abonarles las facturas de gas, electricidad, agua y teléfono
correspondientes al departamento que se le asignó al encargado. Hoy en día, de
resultas de la hiperactividad gremial del sector que representan a los
encargados, las remuneraciones de los mismos resulta muy significativa, por lo
cual, lo lógico es que absorban los encargados los costos mencionados de agua,
teléfono, gas y electricidad.
Si no se quiere adoptar totalmente la eliminación de tal beneficio,
sin embargo, en razón de los incrementos que se observan hoy en día en las
facturas de dichos servicios, lo que es de estricta justicia es que se congelen
los montos de cada uno de los servicios que corresponden al departamento del
encargado, y que a partir de dicho mes, todo monto superior a dicho monto
congelado se le deduzca del monto neto de remuneraciones a pagarle al
encargado. Decimos que es de estricta justicia, porque al encargado se le
incrementa la remuneración, al menos, en el porcentaje de inflación verificado
en el país. Pero resulta que la inflación tiene, como componente importante, la
evolución de la tarifa de gas, electricidad, agua y teléfono, costos que el
encargado no los está abonando, de ahí, lo lógico y justo es que, al menos, se
le deduzcan de su remuneración, los montos de dichos servicios que excedieron al
monto congelado a partir de un determinado mes.
c. Otro tema que debería explorarse en un consorcio de copropietarios, es buscar una forma alternativa de calefaccionar en los días fríos, cuando el servicio es central, en lugar de utilizar una energía no renovable como el gas, buscar una alternativa con energía renovable, como los paneles solares extendidos en la terraza del edificio. Para ello sugerimos que el Consejo de Copropietarios examinen con distintas empresas proveedores de este servicio una variante que podría originar ahorros significativos en las expensas del consorcio de copropietarios.
d. También hay una economía importante, que se deriva de la utilización de la luz de los pasillos de uso común de tal manera que se instale un dispositivo que encienda los mismos individualmente en cada piso, o cada dos pisos, en lugar de que el encendido se produzca para todos los pisos del edificio simultáneamente.
Miguel Angel Di Ranni
23.04.2017