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Mandante y mandatarios.

Para eliminar la confusión que pudo haberse generado después de la práctica política de los últimos 50 años advierto que el pueblo es el mandante y los gobernantes, los mandatarios. Los mandatarios, esto son los integrantes del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y del Poder Judicial, de un país,  deben cumplimentar las instrucciones dadas por el mandante, esto es el pueblo. Las instrucciones de lo que los mandatarios deben hacer, por el lapso de la delegación, están enmarcadas en la Constitución, las leyes y los valores en general, y en las plataformas políticas, del partido político victorioso, en la medida que se lleven adelante en el marco mencionado de la Constitución, las leyes y los valores, es decir, respetando las instituciones.

Los mandatarios deben acatar las instrucciones que devienen del mandato ordenado por los mandantes, y lo deben hacer por el plazo fehacientemente explicitado en la Constitución. Los mandatarios deben atenerse al marco rígido de lo que permite la Constitución, las leyes y los valores de la Nación. Todas las decisiones, que cada uno de los poderes, que actúan como mandatarios del pueblo, tienen que tener en cuenta el marco jurídico vigente, es decir, no pueden tomarse decisiones que vulneren dicho marco. Tampoco pueden proponerse normas, que por inadvertencia técnica de quienes la aprobaron terminan siendo ilegítimas

Las personas físicas que están para llevar adelante las tareas de Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, antes que nada, tienen una responsabilidad inexcusable de no ir en contra de la Constitución, las leyes, y los valores en el cumplimiento de sus funciones. No puede existir ideología que esté por encima de la Constitución, de las leyes y de los valores. Ninguna persona física que representa a los tres poderes de gobierno,  puede argumentar que la decisión que está tomando, está alineada con la plataforma política del partido a través del cual accedió a dicho poder, si dicha decisión está manifiestamente en contra de las prescripciones constitucionales, legales y éticas.

Los tres poderes del Estado deben ser independientes. Ninguno de los poderes pueden interferirse mutuamente, o dejar de cumplir decisiones tomadas por uno de ellos, en el contexto de sus atribuciones, negando el concurso de los medios necesarios que es de la naturaleza de alguno de los otros poderes, proveerlos.

La función de los mandatarios, es representar a los mandantes, y realizar la gestión que le corresponde para, en el contexto de la ley, proveer al crecimiento de la Nación, y atender como tareas prioritarias, a la educación, la administración de justicia, la salud, la seguridad física y patrimonial de los habitantes, el control y coordinación de actividades desarrolladas por la actividad privada que son sensibles por la naturaleza de los servicios prestados, por la salud, por el medio ambiente, o por de desvíos económicos que se pudieran producir por prácticas desleales en el mercado. El Estado no debe estar a cargo directo de actividades económicas, las cuales deben ser desarrolladas por la actividad privada. Las tareas prioritarias del Estado deben ser la educación, la justicia, la salud, la seguridad física y patrimonial de los habitantes, asegurar una adecuada y equitativa política tributaria,  cuidar la moneda de curso legal evitando que pierda poder adquisitivo por la existencia de inflación, asegurar que los tributos sean razonables para asegurar el crecimiento de la actividad económica privada como instrumento de la generación de empleos, que disminuya la evasión tributaria, hasta desaparecer, que no haya interferencia en las libertades individuales, o en la libertad de expresión, y en general asegurar el bienestar general del pueblo, en el marco de una sana administración de los recursos provistos por el mismo pueblo a través del sistema tributario.

Miguel A. Di Ranni
29.06.2012






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