La Comisión Nacional de Valores emitió la Resolución General N° 600, el día 24 de enero 2012, con lo cual posterga por 1 año, es decir, hasta el 31.12.2012, inclusive, para las sociedades emisoras cuya actividad es la del transporte y distribución de gas natural, la aplicación de las normas internacionales de información financiera. Estas Sociedades dice la mencionada norma “ no deberán presentar sus estados financieros preparados sobre la base de las NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) sino hasta aquellos ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2013”. “Se aplicará, en forma obligatoria, el mismo criterio para las entidades emisoras cuyos principales activos estén constituidos por inversiones en las sociedades licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas, siempre que se den las siguientes condiciones simultáneamente: a) Que la inversión en dichas sociedades licenciata...